Que estimando en parte la demanda promovida por el
procurador D. José Vicente Gil Tránchez en nombre y
representación de la entidad Magallanes Renovables S.L. frente
a la mercantil Francisco Cardama S.A. y estimando en parte la
reconvención formulada por la procuradora Dª. Ana Pazo Irazu
en representación de la citada mercantil frente a la sociedad
Magallanes Renovables S.L., debo condenar y condeno a la
demandada reconviniente a abonarle a la actora reconvenida
(Magallanes) la cantidad de 1.518,43 euros más los intereses
legales correspondientes desde la fecha de interposición de la
demanda.
Al propio tiempo, se declara la plena vigencia del acuerdo
de colaboración del proyecto suscrito el día 25 de Abril de
2013, condenando a la citada demandante reconvenida a estar y
pasar por dicha declaración, dando cumplimento a las
obligaciones derivadas del mismo, todo ello sin que proceda
efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas.